Como consecuencia de una separación matrimonial amistosa, FRANCISCA y SALVADOR formalizan dos convenios extrajudiciales en los que SALVADOR se obligaba a satisfacer unas cantidades mensuales en concepto de alimentos para sus hijos, hasta la edad de 25 años o hasta que hayan terminado su formación universitaria y, en su caso post-graduación o especialización. Los hijos del matrimonio ya eran mayores de edad cuando se formalizaron los acuerdos.
Durante la tramitación del divorcio Francisca demanda a Salvador reclamando una serie de cantidades, entre ellas, la pensión alimenticia a favor de los hijos.
1. Contratos a favor de tercero