La “venticincoava parte de la planta de sótano”: ¿puede significar “plaza de garaje”? [STS]

Se suscribe un contrato de compraventa de vivienda que incluye, además de la vivienda “una veinticincoava parte de la planta de sótano”. Se discute si debe entenderse que esta expresión alude a una plaza de garaje (en tal caso habría incumplimiento por parte de la vendedora, ya que el espacio existente en el sótano no permite el aparcamiento de vehículos), o se refiere simplemente a un espacio en el sótano.

1. Interpretación lógica

El Tribunal Supremo  considera que se refiere a una plaza de garaje y se basa, entre otros argumentos, en que “el contrato se refería a esa «venticincoava parte, cuyas características, superficie y destino, resultan de los planos y documentación, índice elocuente de que lo que se vendía eran plazas de garaje, con el destino específico de servir de alojamiento a un vehículo normal”. Entiende el TS, que no tiene sentido aludir al “destino” de esas partes si se trataba de meros espacios en el sótano, sin destino concreto.

2. Actos anteriores y coetáneos

Además se tiene en cuenta una serie de actos realizados por las partes (Nociones II.4.2.B):
– La publicidad realizada por la vendedora cuando promocionaba las ventas, que alude expresamente a plazas de garaje (actos anteriores)
– En el suelo del garaje la constructora se haban pintado las supuestas plazas de garaje (actos coetáneos)
Estos actos permiten interpretar el contrato en el sentido de que la venticincoava  parte del sótano es un garaje.
STS 20/3/1992, ROJ: STS 1100/1992


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